1. INTRODUCCIÓN
La gran parte de las personas poseen una gran cantidad de costumbres y ritos arraigados en muchas formas de expresión. Uno de ellos es el ritual de usos de marcación de animales. Este presenta características propias de la región con manifestaciones culturales sincretizadas.
Ahora bien en el presente trabajo se describe la Cámara de Diputados de Bolivia que aprobó un proyecto de ley para prevenir y sancionar el maltrato animales domésticos, pero que al mismo tiempo permite su uso y sacrificio en medicina tradicional y rituales ancestrales, el procedimiento y la significación de estos animales en ritos y costumbres que involucra la participación de la personas. Estos entes involucrados mediante el usos de elementos rituales de animales muestra el sufrimiento del animal al no poder hablar, los animales no van a poder hacer cumplir sus derechos, por lo tanto lo hemos convertido en obligación para las personas: cuidarlos alimentarlos y tratarlos bien, ahí vemos que la ley 700 permite el sacrificio de animales en rituales indígenas respetando los usos y costumbres.
La ley dice que el acto ejercido en la medicina tradicional, ritos ancestrales que se rigen conforme los usos y costumbres de los pueblos indígenas originarios, debiendo realizarse evitando el sufrimiento innecesario y agonía prolongada, no se puede comparar una agresión o maltrato cruel a un animal con un ritual que a su juicio, respeta la vida y se practica, porque Bolivia es un país costumbrista.
Un punto crítico y que puede dar lugar a la polémica es el que se incluye en las disposiciones finales, donde se establece que la ley exceptúa su aplicación en el uso de animales en los actos ejercidos en la medicina tradicional y en ritos que se rigen conforme a su cultura y tradiciones de las naciones, y pueblos indígenas originarios campesinos debiendo realizarse, evitando el sufrimiento innecesario y agonía prolongada.
No obstante, manifestó que el tema de los usos y costumbres de los animales señalados en las disposiciones finales se constituye en una suerte de trampa
para evitar la aprobación de la norma en caso que las organizaciones se manifiesten en contra de su contenido.
Y es así que se aprueba la ley que es como una zancadilla que nos ponen, si nos agarramos de esta parte con la que no estamos de acuerdo, no se va a poder aprobar la ley y se va a perjudicar a todos los animales, expreso al hacer notar que los legisladores indígenas son mayoría en la Asamblea Legislativa Plurinacional. Más adelante vamos a intentar concientizar a la gente y tratar de cambiar costumbres que vulneran los derechos de los animales.
Esta ley solo beneficiara a perros y gatos puesto que no toman en cuenta a los animales utilizados en ritos y costumbres y también a los animales silvestres.
La ley tiene varios vacios jurídicos y un gran error de los legisladores es no haber incluido a los animales silvestres porque cuando se realizan ¨Chaqueos¨ y desmontes, en los que se prende fuego a la vegetación se produce lo que se denomina como ¨Biocidio¨ o la muerte indiscriminada de animales.
Por otro lado sobre los sacrificios ejecutados dentro de los llamado usos y costumbres, Susana Del Carpio expreso y es mas dio varios ejemplos en los que se utilizan animales como las llamas que son degolladas e incluso se les quita el corazón en vida ( wilancha) como sacrificio a la Pachamama ( madre tierra ), en este tipo de sacrificios tanto en las llamas animales del altiplano se las hace beber alcohol y no sola mente hacen este tipo de sacrificios con camélidos sino también con gallinas, sapos , perros que se los entierran vivos , como ofrenda y no olvidar en medicina tradicional se realizan actos supuestamente de curación matando cachorros de raza criolla de preferencia de color negro para espaldas rotas u huesos , y la sangre de murciélagos para ¨ curar¨ esquizofrenia , problemas pulmonares , entre otras costumbres que someten a los animales a la voluntad de las personas.
Dicha ley tampoco tomo en cuenta el ¨Jocheo ¨que se practica tanto en toros , gallos y bovinos ,en poblaciones del oriente consiste en molestar al animal que está encerrado en un campo , lo golpean le jalan su cuerpo lo tratan con mucho maltrato y al final lo sacrifican y en el altiplano que se practica la corrida de toros, pelea de gallos , bovinos con el objetivo de sacar dinero que
está pegado en un aguayo ( manta) en el lomo del animal él (toro), si bien no lo matan pues recibe muchos golpes, práctica que tampoco tiene sanción y ni se encuentra penalizado.
2. ANTECEDENTES
Desde la antigüedad los hombres sensibles y pensantes han hablado por los animales. El filósofo Pitágoras fue el primero en defenderlos porque pensaba
que tanto los hombres como los animales tenían el mismo tipo de alma, creía en la reencarnación de los hombres en otros seres, era vegetariano y cuando podía compraba animales del mercado para liberarlos.
En la antigüedad, la caza y matanza de animales era necesaria para la sobre vivencia y protección del hombre. Pero con el paso del tiempo y en búsqueda de las necesidades evolutivas, el hombre encamino la caza por otros senderos diferentes al de la subsistencia que más tarde lo llevaría a cometer actos barbarices de maltrato con los animales. Desde la edad media se implementó asustar a los animales con antorchas y fogatas para la obtención de proteínas y grasa animal, convirtiéndose de vital importancia, la comida de carnes y el uso de pieles de vestuario, busco los beneficios para la supervivencia explorando el habita de los animales, encontró muchos recursos en las plantas como alimentos, empezando una nueva época de cosecha de frutas y diferentes plantas.
Entre el periodo paleolítico y el neolítico, a medida que desaparecieron los hielos y se extinguían los animales glaciares se formaron espesos bosques poblados con un gran número de nuevas especies. Esta circunstancia determino la aparición de otros sistemas y armas de caza, al mismo tiempo que se perfeccionaban las antiguas.
En Grecia y Roma la caza era muy importante, ya que gracias a sus creencias religiosas (politeístas), los animales que mataban eran usados como ofrendas para dioses, celebraciones y diversión. En estas culturas, la principal ofrenda que se hacía en los eventos deportivos de caza era para la diosa Artemisa.
Actualmente este tipo de violencia se utiliza para fines de lucro, desarrollándose en uno de los males más cometidos por la humanidad. En muchos países, el maltrato animal se ha condenado con fuertes multas y el rescate de animales se ha convertido en operaciones comunes y exitosas, pero también están los países donde sus leyes no está incluido el maltrato animal, en el cual abundan muchos de estos casos.
En el Corpus Iuris Civilis (529) de Justiniano, encontramos la frase "el derecho natural es aquello que es dado a cada ser vivo y que no es propio al ser humano",
aunque en la práctica era normal tratar como cosas tanto a otros seres humanos esclavizados y con mucha más razón a los animales que eran utilizados no sólo para la alimentación, sino también para la diversión en los juegos romanos.
A partir del siglo XVII se empiezan a ver las primeras leyes para la protección animal. En esas épocas en Irlanda, se prohíbe atar carros a las colas de los caballos. En muchos otros países se comenzó en ese siglo a redactar leyes para proteger a los animales. De esta manera, se puede considerar el comienzo del movimiento por los derechos de los animales, donde la gente propone maneras para limitar el sufrimiento de aquellos que nos son humanos.
Hoy en día, alrededor del mundo se tienen distintas medidas para controlar el sufrimiento, usando reglas distintas para medir cuando un animal sufre y cuando está siendo utilizado para el beneficio de la humanidad. Se ve una diferencia notable en este tema entre los países más desarrollados y aquellos que se encuentran en distintas etapas de desarrollo. Aunque en varios países de Latinoamérica todavía no existen leyes que prohíban el maltrato animal, mientras que en 2013 en Europa se aprueban leyes para beneficio de los animales.
3. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
Ante esta problemática se promulgo la ley número 700, denominada "Ley para la Defensa de los animales contra Actos de Crueldad y Maltrato; sin embargo en esta misma ley se permite el uso de estos animales con fines de curación para las personas, esto debido a que en el país existe una fuerte tradición ancestral de utilizar a estos animales (perros cachorros, conejos, gatos, lagartos, con fines
curativos y no olvidar también los sacrificios que realizan a la Pachamama ( madre tierra) como ofrenda a través de los animales como camélidos , entre otros sapos, gallinas .
En normativa ley 700 de protección de animales sancionara a los mal tratadores con pena de hasta 6 años de cárcel eso para los animales domésticos, pero que se olvida que no sancionara y que no prohibirá su sacrificio en los rituales Establecidos en las disposiciones finales y se presenta esta normativa como (ley general de defensa a los animales) para Bolivia. No podemos plantear que nuestro país sea vegetariano pero también debemos reconocer que las practicas ancestrales son muy fuertes en nuestro país y que estos animales andan desprotegidos e incluso en actos de violación.
3.1 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA
¿CON LA MODIFICACION DE LA LEY 700 SERA FACTIBLE ALCANZAR UN LÍMITE AL USO INNECESARIO DE ANIMALES EN LA COSTUMBRE ANCESTRAL EN BOLIVIA?
4. DELIMITACIÓNES
4 .1 DELIMITACIÓN TEMÁTICA
Se delimita el tema de investigación dentro del área del derecho penal, cuarto semestre y derecho ambiental tercer semestre.
4.2 DELIMITACIÓN ESPACIAL
El presente trabajo de investigación tendrá como referencia espacial el ámbito de la ciudad de La Paz.
4.3 DELIMITACIÓN TEMPORAL
La información que se recabe en trabajo será hasta el tiempo presente
5. ÓBJETIVOS
5.1 OBJETIVO GENERAL
Modificar la ley 700 para la sanción y penalización de usos de animales en ritos y costumbres para detener, limitar esos actos de crueldad.
5.2 OBJETIVOS ESPECIFICOS
• Analizar el marco legal Boliviano respecto a los usos de animales en los ritos y costumbres en Bolivia.
• Determinar la existencia de una normativa legal que se ocupe de la tenencia y protección de toda especie animal.
• Conocer las prácticas culturales a fondo que son muy fuertes en nuestro país, realizando investigaciones necesarias.
• Modificar la ley 700 para la sanción y penalización de usos de animales en ritos costumbres y sacrificios en Bolivia.
• Concientizar a la sociedad en general sobre los derechos de los animales dentro de la realidad social,
6. JUSTIFICACIÓN
6.1 JUSTIFICACIÓN TECNICA
El presente trabajo de investigación permite identificar la efectividad de la ley 700 tanto en sus aspectos positivos y negativos y cuáles son los resultados obtenidos desde su promulgación hasta la fecha.
6.2 JUSTIFICACIÓN SOCIAL
La investigación plantea la ausencia de una normativa para los animales en general (sin exclusión). Los principales problemas que atraviesan las asociaciones protectoras de animales es que piden a la sociedad en general a que tomen conciencia sobre actos crueles hacia los animales y es mas exigen que se tome en cuenta aquellos animales que son objeto de ofrenda, sacrificios, ritos a ¨nombre de usos y costumbres ¨ya que es maltrato directo y que no debe haber diferencias, como el de incluir a unos y excluir a otros animales .Tanto el sector de asociaciones protectoras de animales y cierta parte de la población Exigen que se respete a los animales y que estas prácticas son innecesarias para nuestro país .
6.3 JUSTIFICACIÓN LEGAL
La normativa tiene varias falencias y vacíos legales existentes, sobre los derechos de los animales, lo cual no garantiza el derecho de los animales, y al mismo tiempo se contradice.
6.4 JUSTIFICACIÓN RELIGIOSA
En el trabajo también existe en el ámbito religioso la biblia que comúnmente es muy larga y amplia donde la biblia da a entender que el ser humano puede usar a los anímales como alimento es ya desde la creación Adán, en el antiguo testamento para alcanzar la salvación y perdón de Dios los hijos del pueblo , escogidos vale decir los judíos , se utilizaban animales en ofrenda para alcanzar esa salvación. Con la muerte de Cristo a través del sacrificio como el cordero de Dios, en el nuevo testamento pacto divino ya quedo abolida esta práctica de sacrificios.
7. ALCANCE Y LIMITES
La trascendencia de esta investigación radica en determinar que los actos de crueldad animal cometidos a nombre de ¨costumbres ancestrales¨ causan dolor innecesario y estrés a los animal por lo cual nuestra tarea es establecer respeto a la vida para empezar, determinando que este tipo de actos van en contra a la naturaleza y va en contra los derechos de los animales , y que para solucionar esta problemática debemos limitar estos usos y costumbres a través de sanciones rígidas .
7.2 LIMITACIONES
En el desarrollo de la investigación se presentaron las siguientes limitaciones:
• Poca información normativa a cerca del derecho de los animales.
• Poco material de libros nacionales que hablen sobre este tema a diferencia de otros países extranjeros que tienen un sin fin de libros dedicados a los animales e incluso normativas mas especificas y rígidas.
8. APORTES
Con el presente trabajo se pretende establecer criterios de respeto a la vida y a la madre tierra a la población en general, determinando que estos actos de crueldad usos y ritos en costumbres está mal y que debe tener una sanción para los que practican este tipo de actos terribles, a través del trabajo se pretende modificar las disposiciones finales para el beneficio de los animales para aquellos que no tiene voz y que son seres vivos como nosotros.
9. HIPOTESIS
10. HIPOTESIS
Limites al uso de animales en la costumbre ancestral en Bolivia tiene como propuesta la modificación de las disposiciones finales para la Ley 700 que responsabilicé y sancione a las personas que cometan abusos torturas maltratos en uso y prácticas de medicina tradicional, brujerías y ritos de costumbres contra los animales, qué permitirá la reducción de maltratos, muertes violaciones (zoofilia) sacrificios permitiendo un trato de acuerdo a características internacionales de consideración y respeto hacia los animales.
9.1 CONCEPTUALIZACIÓN DE VARIABLES
• Variables Independientes
Limites al uso de animales en la costumbre ancestral tiene como propuesta la modificación de las disposiciones finales a la normativa jurídica ley 700 que responsabilicé y sancione a las personas que cometan sacrificios en usos y rituales, brujerías, medicina tradicional.
• Variables Dependientes
Reducción de torturas muertes sacrificios violaciones permitiendo un trato de acuerdo a características internacionales de consideración y respeto hacia los animales.
10. METODOLOGIA
10.1 METODOS GENERALES
El método general que se utilizara por su amplitud casi en todas las investigaciones científicas y que se aplican en todas las etapas del proceso cognoscitivo, por ello el método que se utilizara es:
10.2 MÉTODO DEDUCTIVO
Según Álvarez este método es el que va de un análisis particular a lo general, permite trascender los casos particulares llega a conclusiones generales, en ese sentido nos permitirá establecer de casos que se dieron en la ciudad de La Paz generalizar que a nivel nacional se necesita una norma que sancione el maltrato a los Animales en usos y ritos.1
10.3 METODO ETNOGRAFICO
Según el autor Luis Rodrigo Salamanca Marinovic ¨El método sociológico etnográfico solo es aplicable si favorece a toda la sociedad ¨2 es por eso que utilizaremos este método en el trabajo
1 ÁLVAREZ, Espinoza Marco Antonio (manual de metodología de la investigación). Pág. 44 Ed. 2005
2 SALAMANCA , Marinovic Luis Rodrigo ( La Sociología Jurídica en Bolivia )
por ser el más popular para analizar y enfatizar las cuestiones descriptivas e interpretativas del ámbito socio cultural este método estudiara desde distintos puntos de vista tanto interno y con una perspectiva externa (es decir la interpretación propia).
10.4 MÉTODO ESPECÍFICO
Según el autor Mario Bunge la fuente de información son los hechos, los cuales pueden constituirse tanto en su pregunta como en su respuesta. La verdad está contenida en los hechos, por tanto, la tarea primordial de la práctica científica radica en constatar (medir hechos) con el fin de establecer posteriormente relaciones que permitan generalizar. 3
En pocas palabras es aquel método que se utiliza en la investigación de determinados, fenómenos de la realidad y por ellos utilizaremos en el presente trabajo.
10.5 MÉTODO GRAMATICAL
¨Este método según el autor Rafael Sánchez Consiste en tomar en cuenta el significado de las palabras empleadas por el legislador en la redacción de una norma jurídica escrita¨. Permite establecer el fin jurídicamente establecido en las normas que protegen en este caso a los animales tanto en las ordenanzas municipales como en los convenios Internacionales.4
10.6 MÉTODO ANALOGICO Y COMPARATIVO
Este método compara fenómenos po0r su semejanzas va de lo conocido a lo conocido y en el contexto de derecho se aplica a la modificación, incorporación legislativa en la elaboración de normas jurídicas para lo cual 3 BUNGUE Mario (2004) escribe: "El método científico es la estrategia de la investigación para buscar leyes..."
4SÁNCHEZ Vásquez, Rafael (1997): Metodología de la Ciencia del Derecho (México, Editorial Porrúa) 385 p.
se debe tener en cuenta el tiempo el espacio, la historia y tomar en cuenta la parte sociológica .5
10.7 METODO PROPOSITIVO
Este es un método dialectico que utiliza un conjunto de técnicas procedimientos con la finalidad de diagnosticar la problemática y resolver el problema fundamental, encontrar respuestas soluciones a través de investigaciones propositivas, se basa en hechos, origen, evaluados a través de un análisis, de investigación respecto al tema.
Este método no concluye solamente comparando analizando criticando sino que va mas allá, pretende dar solución al problema, desarrolla una iniciativa el cual se la denomina como propuesta (construye o incorpora, modifica, crea) para que sea evaluada y para el mejor caso lo puedan implementar. Es por eso que utilizaremos este método ya que por ser el que propone crea iniciativas según la situación de deficiencia, nos permitirá proponer un límite al uso de animales en la costumbre ancestral en Bolivia a través de proponer una nueva normativa, o un articulo donde se los tome en cuenta y se defiendan sus derecho y no se los excluya de la ley y que las personas que practiquen este tipo de actos crueles tengan una fuerte sanción penal.
5 https://www.monografias.com/docs/Metodo-Analitico-O-Comparativo-P3MNJJTFC8GNY
10.8 TÉCNICAS
Las técnicas que utilizaremos en la realización de la investigación será:
▪ Encuesta
▪ La entrevista
▪ Documentación, bibliografía
10.8 LA ENCUESTA
Las encuestas son entrevistas con un gran número de personas utilizando
Un cuestionario prediseñado, dicho cuestionario está diseñado para obtener -información específica.6
Se procederá encuesta de un grupo de personas como muestra la sociedad civil y personas protagonistas en las instituciones ya mencionadas para nuestra investigación (Centro Municipal de Zoonosis de la ciudad de La Paz, S.O.S. Animales y la demás que se presenten en nuestra investigación)
10.9 ENTREVISTA 6 MALHOTRA Naresh K.: (Investigación y Técnicas)
La entrevista, desde el punto de vista del método es una forma específica de interacción social que tiene por objeto recolectar datos para una investigación
Donde formula preguntas a las personas capaces de aportarle datos de interés, estableciendo un diálogo peculiar, asimétrico, donde se busca recoger informaciones y la otra es la fuente de esas informaciones
En el presente trabajo se realizara entrevistas a las principales autoridades, instituciones encargadas en la protección de animales y a la sociedad civil. La compilación de datos se complementa con la lectura y revisión de:
10.10 DOCUMENTACIÓN BIBLIOGRÁFICA
Las Técnicas Bibliográficas y documentales en la Investigación nos brindan gran ayuda porque a través de ellas se puede encontrar información que nos ayude a comprobar las hipótesis y que se elaboren en el proceso; llevándonos a un avance para obtener resultados. En ellas se conservan documentos los cuales guardan información de distintos eventos ocurridos, los cuales son importantes porque hay datos escritos y visuales que se pueden utilizar como parte de la investigación.7
Las técnicas bibliográficas y documentales en el proceso de la investigación que realizaremos se dirigirá en la recolección de datos cuya fuente es secundaria, es decir fuentes que van a describir y conservar y transmitir por algún medio preciso, un evento un hecho o un fenómeno sucedido es por ello que utilizaremos esta técnica en el tema.
7http://www.universidadupav.edu.mx/documentos/BachilleratoVirtual/Contenidos_PE_UPAV/4Trimestre/MEIN%202/Unidad1/tema3.
11. ESQUEMA TENTATIVO DE LA INVESTIGACIÓN
AGRADECIMIENTOS
DEDICATORIA
INDICE
CAPÍTULO I
1. INTRODUCCION
2. ANTECEDENTES
3. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
3.1. Formulación del problema
4. DELIMITACIÓN
4.1. Delimitación Temática
4.2. Delimitación Espacial
4.3. Delimitación Temporal
5. OBJETIVOS
5.1. Objetivo General
5.2 Objetivos Específicos
6. JUSTIFICACION DE LA INVESTIGACIÓN
6.1 Justificación Técnica
6.2 Justificación Social
6.3 Justificación Legal
6.4 Justificación Religiosa
7. ALCANCES Y LIMITES
7.1 Alcances
7.2 Limitaciones
8. APORTES
9. HIPÓTESIS
9.1 Conceptualización de Variables
9.1 ANÁLISIS DE VARIABLES
9.2. Variable Independiente
9.3 Variable Dependiente
10. DEFINICIÓN CONCEPTUAL DE VARIABLES
10.1 Operacionalización de Variables
CAPITULO II
11. MARCO HISTORICO
11.1. Antecedentes Históricos
11.2 Origen de usos ritos ancestrales en la antigüedad
11.3 Relatos míticos y prácticas rituales en la Pachamama
CAPITULO III
12. MARCO TEORICO
12.1 Teoría de La Liberación animal de Peter Singer
12.2 Teoría Sobre El Status De Los Animales .
12.3 Teoría De Los Derechos De Los Animales De Tom Regan
12.4 Teoría Del Bienestar De Los Animales
12.5 Opositores Sobre El Derecho De Los Animales
12.6 Legislación A Favor De Los Animales Según Corrientes
CAPÍTULO IV
13. MARCO CONCEPTUAL
13.1 Concepto De Animal
13.2 Concepto De Maltrato Animal
13.3 Tipos De Maltrato
13.3.1 Maltrato Directo
13.3.2 Maltrato Indirecto
13.4 Concepto De Rito
13.5 Ritos De Culto
13.6 Ritos De Purificación
13.7 Ritos De Iniciación
13.8 Ritos De Expiación
13.9 Ritos De Exorcismo
13.10 Concepto De Costumbres
13.11 Costumbres Populares
13.12 Costumbres Ancestrales
13.13 Costumbres Religiosas
13.14 Concepto de Sacrificio
13.15 Sacrificio De Ofrenda De Comunión
13.16 Sacrificio Holocausto O Quemados
13.17 Sacrificios Expiatorios
CAPÍTULO V
MARCO METODOLÓGICO
14.1. Método de la Investigación
14.2 Método General
14.3 Método Deductivo
14.4 Método Etnográfico
14.5 Método Específico
14.6 Método Gramatical
14.7 Método Analógico y Comparativo
14.8 Método Propositivo
CAPITULO VI
MARCO JURIDICO
15.1 Legislación Nacional Ley 700
15.2 Tratados Internacionales (Declaración universal de los derechos del animal- Londres, 23 de septiembre de (1977).
15. 3 Legislación Internacional (Ley No 1774 De 2016 (Congreso De Colombia)
CAPITULO VII
MARCO PRÁCTICO
16.1 Gráficos
16.2 Estadísticas
CAPITULO VII
17.1 Técnicas e instrumentos
17.2 Encuesta
17.3 Entrevista
17.4 Documentación Bibliográfica
18. CRONOGRAMA (Diagrama de Gantt)
CAPITULO IX
19. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
19.1. Conclusiones
19.2. Recomendaciones
20. BIBLIOGRAFIA
11.1 RESUMEN MARCO HISTORICO
En las poblaciones del altiplano, los habitantes tienen costumbres ancestrales que vienen desde épocas pre colombianas, es así que en los rituales y las ofrendas a la madre tierra o Pachamama (Madre Tierra) o Mama Pacha es una diosa totémica de los Incas representado por el planeta
Tierra, al que se brindaban presentes. La ofrenda era con ella en las ceremonias agrícolas y ganaderas; las que aún se estilan, actualmente, en el mundo andino, es el núcleo del sistema de creencias de actuación ecológico-social entre los pueblos indígenas de los Andes Centrales de América del Sur8
Consiste en el sacrificio de animales para la prosperidad de la comunidad y las familias que las habitan.
Según estas costumbres, los yatiris (brujos) son los encargados de realizar estas ofrendas y de escuchar sus protectores, los cerros y montañas, en el acervo andino los cerros tienen vida propia y creen que los máximos protectores porque según retienen energía divina positiva del Dios sol.
Antiguamente se realizaban los rituales en las cúspides de los cerros sacrificando animales y bailando con tarcas para no pedir ser afectados por la madre naturaleza. Al salir el sol se ofrendaban khoas (planta ancestral) que consistía en la quema de animalitos y objeto que representaban a la comunidad, generalmente se subían a los cerros en esos entonces a una llama y un cordero vivos y (negro de preferencia )para ofrecer sangre viva al Dios Sol .9
La ofrenda consistía en el corte yugular de la llama y el cordero para recibir la sangre en una vasija y posteriormente echar poco a poco juntamente con coca realizando un gesto de sumisión ante los cuatro puntos cardinales donde se hace la reverencia a los cerros circundantes.
Según una investigación de saberes ancestrales que hacen mención a los rituales , los mismos son relacionados a ser protegidos por divinidades como el sol y la ¨ Pachamama¨, entre ellas para cada etapa de la producción agrícola existen variados rituales que se inician desde la siembra , la floración ,con el paso del tiempo, también representa para la población del altiplano, ciertos cambios de conducta y creencia que 8 Diccionario quechua-español-quechua Edición de la Municipalidad del Cusco ( Perú) 1995 9 MERLINO, Rodolfo; y RABEY, Mario (1993). «Resistencia y hegemonía: cultos locales y religión centralizada en los Andes del Sur». Sociedad y Religión, 10-11: págs. 146-166.
seguramente en un futuro cercano los rituales serán parte de la historia del hombre andino .
En Bolivia tras una serie de conflictos políticos en Noviembre de 2007, el entonces alcalde de Achacachi, Sr. Eugenio Rojas, se hizo famoso por degollar ante las cámaras de TV a varios perros, a los que había colocado carteles con la leyenda "oligarcas", como forma de intimidar a los opositores autonomistas del oriente y sur del país.
"Así van a sufrir los de la Media Luna", decía mientras cometía la citada aberración.
Posteriormente, ya como senador, Rojas se declaró a favor de la tortura en algunos "casos extremos".10
Agosto es en el altiplano aymara de Bolivia el tiempo sacrificial por excelencia donde las ofrendas ceremoniales, waxt'as y wilanchas sangrientas, junto con los personajes míticos que lo recorren, codifican un tipo de violencia ritual que alude a la percepción histórica de larga duración, tanto del tiempo como del espacio ceremonial, a la vez que contribuyen a la configuración de la propia identidad cultural de las sociedades aymaras contemporáneas,es un período de gran importancia ceremonial en el altiplano aymara realiza ofrendas. Es el momento en que la tierra, pachamama, según cuentan los aymaras, se abre para recibir las ofrendas rituales que necesita para recuperar su vigor y fortaleza una vez transcurrido el invierno. Por eso le dicen lakani phaxi, "el mes que tiene boca". En agosto las familias aymaras realizan ofrendas ceremoniales en las chacras de cultivo y acuden a las cumbres de los cerros donde se encuentran los venerados (achachilas, tutores) ceremoniales de la montaña, a realizar las ofrendas y quemar las mesas rituales1 con la intención de satisfacer el apetito ceremonial que las montañas y la tierra padecen antes de iniciarse el nuevo ciclo productivo. Una vez efectuado el ritual, la tierra aparece simbólicamente preparada para que comiencen las labores de la siembra en todo el altiplano a partir de septiembre y octubre. La pachamama se abre el mediodía del primero de agosto. Es el momento óptimo para realizar las oblaciones rituales atravez de muertes
10 Información recopilada del medio de comunicación UNITEL Noticias de Noviembre de 2007.
, sacrificios de animales y expresar al mismo tiempo los ruegos y deseos que se espera obtener a lo largo del año. A la pachamama y a los achachilas hay que pedirles, con insistencia y comedimiento, que ayuden en el desarrollo del nuevo ciclo agrícola, que no falte la lluvia, que los cultivos crezcan y extiendan sus tonos multicolores en los meses de febrero y marzo, que el envidioso granizo no baile sobre las calaminas ni golpee las sementeras, que se vaya a otras comunidades, junto con la escarcha y la helada, sus flojos hermanos, a robar el fruto del trabajo humano. Todo depende del éxito de la ofrenda ceremonial, de la elaboración correcta y específica de los rituales, de la abundancia y calidad de las aspersiones ceremoniales y, por supuesto, de la acertada solicitud del oficiante ceremonial quien debe conocer las aficiones culinarias rituales de sus comensales sagrados y rogar por los intereses de sus representados con la apropiada cortesía.
En tiempo de agosto es el propio mundo aymara el que aparece abierto a los encantos del pasado, aparecen los "tapados" y tesorillos coloniales, las ciudades de los antiguos chullpas y de los incas, así como el "oro vivo", animales de oro que se mueven produciendo fulgores azulados la víspera del primero de agosto. La tierra está abierta, el mundo aymara proyecta sus vísceras antiguas sobre la superficie (Fernández 1997).
En tiempo de agosto son varias las manifestaciones rituales aymaras que incluyen diferentes oblaciones de sacrificio tanto cruentas como incruentas; tal vez, la más conocida sea la waxt´a o mesa que he comentado anteriormente, con una presencia extensa y amplia en las diferentes poblaciones andinas. Junto a la waxt´a y en ocasiones complementándola se produce en los sectores ganaderos del altiplano, con presencia de camélidos de altura, la wilancha o sacrificio de sangre de alguna llama o alpaca, e incluso animales domésticos preferentemente. De igual forma, la wilancha presenta un acusado reconocimiento en contextos mineros para festejar el primero de agosto. Si atendemos a las narraciones orales que implican, desde la perspectiva aymara, a los seres cuya presencia en el altiplano y cuya interacción con sus pobladores se circunscribe de manera explícita aunque no excluyente
al mes de agosto, podemos aventurar otras manifestaciones de violencia ceremonial que no afectan tan sólo a elementos rituales inocuos, sino a los propios seres humanos. Los propios cuerpos físicos de los pobladores aymaras son violentados en esta época por parte de varios personajes que acentúan sus correrías en este tiempo ceremonia (Fernández 1998a); uno de ellos aparece recorriendo el altiplano buscando víctimas a las que extraer grasa y sangre, es el kharisiri. kharikhari, lik´ichiri, khariri, son los términos aymaras más frecuentes que hacen alusión a la actividad violenta del personajes, de ahí la expresión castellanizada que emplean algunos estudiosos del fenómeno, al definirlo como "degollador".11
11.2 RESUMEN MARCO TEORICO
Un punto crítico y que puede dar lugar a polémica es el que se incluye en las disposiciones finales, donde se establece que la ley exceptúa su aplicación en ¨el uso de los animales en los actos ejercidos en la medicina tradicional y ritos que se rigen conforme a su cultura y tradiciones de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos debiendo realizarse evitando el sufrimiento innecesario y agonía prolongada ¨. También excluye a la fauna silvestre que será regulada en otra ley. 11 MERLINO, Rodolfo; y RABEY, Mario (1993). «Resistencia y hegemonía: cultos locales y religión centralizada en los Andes del Sur». Sociedad y Religión, 10-11: págs. 146-166.
Se considera maltrato animal a la crueldad hacia los animales , es el tratamiento que causa sufrimiento daño a animales 12, la definición de sufrimiento inaceptable varia , algunos consideran solo el sufrimiento por simple crueldad a los animales , mientras que otros incluyen el sufrimiento infringido por otras razones , como la producción de carne , la obtención de piel, los experimentos científicos con animales sin olvidarnos el uso de animales en ritos y en costumbres , la crueldad se define como la respuesta emocional de indiferencia u obtención de placer en el sufrimiento y dolor de otros o la acción que innecesariamente causa tal sufrimiento o dolor.
Los usos sociales , rituales y actos festivos constituyen costumbres que estructuran la vida de comunidades y grupos , siendo compartidos y estimados por muchos de sus miembros , su importancia estriba en que reafirman la identidad de quienes los practican en cuanto grupo o sociedad y tanto si se practica en el público como en privado están estrechamente vinculados con acontecimientos significativos. Esos usos sociales , rituales y fiestas contribuyen a señalar los cambios de estación , las épocas de las faenas agrarias y las etapas de la vida .
TEORÍA DE LA LIBERACIÓN ANIMAL DE PETER SINGER
Se considera a Peter Singer uno de los primeros filósofos contemporáneos en tratar el tema del uso y la explotación de los animales domésticos y en establecer una serie de principios relativos a la consideración que ese debe tener a los mismos.
Con la publicación de su obra más famosa "Liberación Animal, en 1975, se dio inicio a una serie de movimientos que discutían el uso o consumo de animales, y las consideraciones éticas y filosóficas que esto implica. Su libro de nombre, a la corriente filosófica propuesta por él, denominada
12 http://cj-worldnews.com/spain/index.php/en/criminologia-30/animales-y-violencia/item/1729-conceptualizando-la-violencia-hacia-los-animales
Liberalismo y al movimiento que Singer encabeza y que cuenta con adepto (seguidor) en todo el mundo, la Liberación Animal.
El liberalismo se basa en la filosofía del Utilitarista Jeremy Benthan13que propone que "cada persona debe contar por uno y nadie por más de uno" (Bentham, citado por Singer, 1999:41).De esta manera, "los intereses de cada ser afectado por una acción, han de tenerse en cuenta y considerarse tan importantes como los de cualquier otro ser" (Singer, 1999; 44). Para entenderlos mejor, Singer propone el principio de igualdad, por el que no son importantes las diferencias entre los intereses de dos seres, sino que estos intereses sean respetados, pues ambos tienen la misma importancia. Por ejemplo "el interés por el bienestar de los niños de América requiere que les enseñemos a leer, mientras que el interés por el bienestar de los cerdos puede exigir tan sólo que les dejemos estar con otros cerdos en un lugar donde haya suficiente alimento y sitio para que se muevan libremente"
El freno para la consideración igualitaria de los animales es para Singer el mismo que hacía que las personas fueran discriminadas por su raza o su género. De esta manera, por no considerar a las mujeres y a los negros de misma manera en que se consideraba a los hombres blancos, se daba lugar al sexismo y al racismo.
Legislación a favor de los animales
Se conoce como derechos de los animales a las ideas postuladas por corrientes de pensamiento y al movimiento que sostienen que la naturaleza animal es un sujeto de Derecho, cuya novedad reside en que esta categoría sólo ha pertenecido a personas naturales y jurídicas, es decir al ser humano.
Los humanos siempre han tenido hacia algunos animales una consideración especial (ej. domesticación), que varía mucho según el
13 BETHAM Jeremy (1748-1832). Filósofo, economista y Jurista británico, creador de la doctrina del Utilitarismo
entorno cultural o el lugar, desde apoyar que se pueda utilizar a los animales según plazca o sirva al hombre, pasando por el trato ético o el bienestar animal, hasta considerar que los animales merecen derechos tradicionalmente reconocidos sólo en los humanos.
No debe confundirse con el derecho de animales como doctrina jurídica, marco jurídico de algunos países donde el objeto de Derecho es la libertad de conducta de los animales en su ambiente natural y el trato que reciben en un hábitat humano.
En la actualidad se puede identificar a varios grupos, instituciones sin fines de lucro y entes públicos, que luchan por erradicar el maltrato y crueldad hacia los animales, pero con muy poca eficacia y sin lograr los resultados deseados. Al parecer los esfuerzos serán inútiles si no cambiamos la normativa en su parte contradictoria y la parte donde las sanciones deberían ser más drásticas y multas económicas más elevadas, como en el caso de la ley de Colombia.
11.3 RESUMEN MARCO CONCEPTUAL
Hay quienes afirman que el maltrato de animales se origina a partir de la falta de toma de conciencia del ser humano, que son capaces de sentir dolor y/o malestar físico y psicológico. Se puede decir que el maltrato de animales se presenta por una falta de consideración de los mismos, pues sean susceptibles de apropiación o no, se incurre en actividades dañinas para su vida o su salud por que se deja de tener en cuenta que pueden sufrir.
En este punto tomaré en cuenta todo lo referente a aspectos teórico conceptual que sustentan los derechos de los animales.
11.3.1 CONCEPTO DE ANIMAL
Animales son seres vivos que poseen movimiento, cumplen el ciclo vital de nacer, crecer, reproducirse y morir que sienten, y se alimentan de todo tipo de plantas.
Al igual que nosotros los animales tienen el mismo ciclo vital, el hombre es definido como un animal racional, los seres humanos tienen la capacidad de tener instintos pero este puede reprimirlos o controlarlos a través de la razón.
El origen etimológico del término maltrato viene del latín, esta está conformada por tres partes latinas: ¨male¨ que es sinónimo de mal, el verbo tratare que se traduce como tratar y el sufijo – tro que es equivalente a recibir la acción.14
11.3.2 CONCETO DE MALTRATO ANIMAL
El maltrato animal es la crueldad hacia los animales , es el tratamiento que causa sufrimiento o daños a los animales la definición de sufrimiento inaceptable varia algunos consideran sólo el sufrimiento por simple crueldad a los animales mientras que otros incluyen el sufrimiento infligido por otras razones , como la producción de carne la obtención de pieles , los experimentos científicos con animales, el espectáculos con animales y las industrias del huevo y la leche , muchas personas consideran la crueldad hacia los animales como un asunto de gran importancia moral .15
11.3.3 Tipos de maltrato:
14 https://losanimalitos.webnode.es/nosotros/ 15 https://cj-worldnews.com/spain/index.php/es/criminologia-30/animales-y-violencia/item/2605-el-maltrato-animal-desde-un-punto-de - vista.
11.3.4 Maltrato Directo
El maltrato directo, que consta en la falta intencional de proporcionar los cuidados básicos, la tortura, la mutilación o el acto de quitar la vida a un animal.
11.3.5 Maltrato Indirecto
El maltrato indirecto, que es cuando se observa o se consiente el maltrato, tortura de algún animal y no se hace nada para impedirlo. Este abuso se ha convertirlo en un problema social de gran dimensión.
El maltrato y tortura a los animales se constituye en un indicio de un problema de orden psicológico en las personas que pueden manifestarse y constituirse en una probabilidad de peligro también para la sociedad.
11.4 RESUMEN MARCO JURIDICO
CONSTITUCIÓN POLITICA DEL ESTADO PLURINACIONAL
Artículo 302. Inc .5
I. Son competencias exclusivas de los gobiernos municipales autónomos, en su jurisdicción:
5. Preservar, conservar y contribuir a la protección del medio ambiente y recursos naturales, fauna silvestre y animales domésticos
Análisis.- si bien hace referencia a los animales domésticos, el artículo le atribuye la responsabilidad, como competencia exclusiva a los gobiernos municipales, lo cual hace perder la jurisdicción a nivel nacional).16
Artículo 381.
I. Que establece que son patrimonio natural las especies nativas de origen animal y vegetal, a cuyo efecto, el Estado establecerá las
16Artículos 302 y 381 de la CPE, transcritos de forma textual y sus respectivos Análisis de creación propia.
medidas necesarias para su conservación, aprovechamiento y desarrollo.
Análisis.- El articulo habla de una forma muy genérica ya que se puede interpretar que el patrimonio natural de especies nativas de origen animal haría referencia de forma tácita a los animales domésticos).17
LEY Nº 700 DE 1 DE JUNIO DE 2015
LEY PARA LA DEFENSA DE LOS ANIMALES
CONTRA ACTOS DE CRUELDAD Y MALTRATO
(OBJETO).
La presente Ley tiene por objeto establecer el marco normativo para la defensa de los animales, contra actos de violencia, crueldad y maltrato, cometidos por personas naturales o jurídicas.
(FINALIDAD).
La presente Ley tiene por finalidad prevenir y penalizar los actos de violencia, maltrato, crueldad y Biocidio cometidos por personas contra animales domésticos, en el marco del numeral
21 del Parágrafo I del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado.
Art. 10 y disposiciones finales
17Análisis de creación propia.
Art. 10 (tratos crueles y Biocidio) se incluyen en el código penal. los artículos 350 bis 350 ter .
DISPOSICIONES FINALES
CONTRADICCIÓN DE LA LEY N° 700.
Lamentablemente, los alcances de la protección de esta nueva ley quedan claramente desvirtuados cuando, en su disposición final, exceptúa de su aplicación el uso de los animales en actos ejercidos en la medicina tradicional "y ritos que se rigen conforme a su cultura y tradiciones de las naciones y pueblos indígena originario campesinos...".
Los usos de la medicina tradicional podrían ser justificables únicamente con el fin de curar enfermedades humanas que así lo requieran; sin embargo, es inaceptable la utilización de animales en "ritos" que se practican en las tradiciones indígenas, en donde se reduce a los animales a la condición de instrumentos, lo que equivale a utilizarlos con motivos fútiles o bajos, sin ningún propósito justificado.
Esa es la grave contradicción de esta ley, que en realidad autoriza la utilización arbitraria e injustificada de animales, cual si fueran simples objetos.
CODIGO PENAL BOLIVIANO
PRIMERA.
Se exceptúan de la aplicación de la presente Ley, el uso de los animales en los actos ejercidos en la medicina tradicional, y ritos que se rigen conforme a su cultura y tradiciones de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, debiendo realizarse evitando el sufrimiento innecesario y agonía prolongada.
• Artículo 350 Bis. (TRATOS CRUELES).
I. Se sancionará con privación de libertad de seis (6) meses a un (1) año, y multa de treinta (30) a sesenta (60) días o prestación de trabajo de tres (3) a seis (6) meses, a quien:
1. Ocasionare, con ensañamiento o con motivos fútiles, sufrimiento grave y daño que provoque la pérdida total o parcial de un sentido, de parte de su fisonomía o de un órgano, a un animal.
2. Utilizare a un animal para cualquier práctica sexual.
II. En caso de que un animal ocasionare las consecuencias establecidas en el numeral 1 del Parágrafo anterior, el dueño o tenedor cubrirá los costos de la asistencia médica y el resarcimiento económico cuando corresponda, bajo alternativa de aplicarse la pena dispuesta para tratos crueles.
II. La pena será agravada en un tercio de la pena máxima, si producto del trato cruel se ocasione la muerte del animal."
• Artículo 350 ter. (BIOCIDIO).
I. Se sancionará con privación de libertad de dos (2) años a cinco (5) años y multa de treinta (30) a ciento ochenta (180) días, a quien matare con ensañamiento o con motivos fútiles a un animal.
II. La sanción será agravada en un tercio de la pena máxima, si se matare a más de un animal."
11.5 RESUMEN DE MARCO PRÁCTICO
Para una futura modificación de ésta ley, se debe tomar en cuenta el objeto y finalidad principal de su propósito, que es el de prohibir el maltrato hacia los animales en general, y no permitir que algún individuo o grupo de personas, se encuentren al margen de la ley, o que bajo una equivocada disposición final, donde "Se exceptúan de la aplicación de la presente Ley, el uso de los animales en los actos ejercidos en la medicina tradicional. Se llega a violar derechos de los animales. Ya que lo más coherente y lógico es que la ley debe ser para todos y no solo para unos cuantos, no se debería excluir a nadie.
En base a la investigación del trabajo y a través de instituciones protectoras de animales la ley no se está aplicando de manera correcta, ya que a diario se registran al menos 9 denuncias por maltrato animal.
Conforme a uno de nuestros métodos de investigación que es el Método Propositivo, tiene como finalidad diagnosticar la problemática y resolver el problema fundamental, como el encontrar respuestas soluciones este método ya que por ser el que propone crea iniciativas según la situación de deficiencia, nos permitirá proponer un límite al uso de animales en la costumbre ancestral a través de la modificación de la normativa o la derogación de esa disposición para que ya no se practique ese tipo de actos crueles .
12. CONCLUSIONES
En mi conclusión todos los a animales tienen derecho a la vida en su ambiente, con esto no quiero decir que Bolivia sea un país Vegano y que no nos alimentemos de carne, pero debemos respetar la vida de los animales ya sean domésticos o no, el uso de los animales en ritos y costumbres, es quitar la vida de un ser vivo solo para ofrendas como por ejemplo la Pachamama, creo que Bolivia puede crecer moralmente y que no es necesario practicar este tipo de sacrificios en nombre de ¨ Costumbres¨. En mi opinión personal y de las personas que no están de acuerdo a que se cometan estos actos crueles, se necesita de una sanción donde se penalice el uso de animales de toda especie porque vemos que los animales son también seres vivos como nosotros que sufren que sienten dolor.
El procedimiento de estos actos de sacrificios y su significación es que involucra la participación de la persona, animal indefenso, estos mediante el usos de elementos rituales de animales , muestra el sufrimiento del animal al no poder hablar , los animales no va a poder hacer cumplir sus derechos , por lo tanto lo hemos convertido en obligación para las personas, el cuidarlos , alimentarlos y tratarlos bien ya que la cámara de diputados creó una normativa donde se aprobó una ley donde sanciona el maltrato a animales domésticos , pero que a su vez permite el usos de estos para sacrificios, medicina tradicional y rituales ancestrales.
La ley 700 ley para la defensa de los animales contra actos de crueldad y maltrato fue criticada, quienes argumentan que es una puerta abierta para que se continúe con el maltrato a los animales.
En mi opinión la normativa debe establecer marcos normativos contra violencia y la crueldad y el maltrato de los animales, se tomo en cuenta el asunto ancestral, pero fue un tema muy discutido en la comisión y se discutió que no siempre las comunidades indígenas maltratan a los
animales en vida si no hay quienes dicen que los sacrifican sin hacerlos sufrir en un ritual.
En las poblaciones del altiplano Boliviano los habitantes tienen costumbres ancestrales que vienen desde épocas precolombinas, y es así desde eso entonces se practican rituales sacrificios de animales para la prosperidad de la comunidad y las familias que la habitan según esta costumbres los yatiris son los encargados de realizar estas ofrendas y de escuchar sus protectores, los cerros, y montañas , en el acervo andino los cerros tienen vida propia y creen que son los máximos protectores porque retienen energía divina del Dios Sol.
En Bolivia hay libertad religiosa y prueba de ello es el culto a Satán en la curva del diablo da la autopista de la Ciudad del Alto en esa curva se realizan ofrendas con perros conejos gatos y entre otros son sacrificados en ritos, por otro lado no olvidemos los sacrifico y ritos en el mes de agosto, mes del Tío (Diablo) en el año nuevo aimara, actos realizados en comunidades indígenas por yatiris 18 , esta ley permite este tipo de maltrato es porque su muerte es agonía larga y estresante ,crueldad , la organización de animales S.O.S asegura que legaliza los sacrificios , rituales con el pretexto de respetar los usos y costumbres. Tenemos que entender que presentar al país una nueva ley general de defensa a los animales y dar una alerta a todos los bolivianos para hacer conciencia de que los animales son seres que sienten dolor y sufren ya sea domestico o no todo tipo de animal tiene derecho a la vida con un ambiente sano sin maltrato ni sacrificios para ofrenda o ritos, Bolivia puede ser un país donde respete los derechos de toda índole ya sea de una animal.
18 Yatiri es una palabra Aymara que significa: "maestro, guía, chamán, brujo, sanador, gurú, sabio..." así se les llamaba a los jefes de las comunidades aymaras desde hace miles de años. El mundo aymara está poblado de espíritus (ajayus) y los Yatiris son los especialistas en relacionarse con ellos.
13. RECOMENDACIONES
La principal recomendación que haré, es que para la creación de alguna norma o proyecto de ley, se debe hacer una exhaustiva revisión de la misma antes de su aprobación y promulgación, ya que la presente ley 700, si bien cumple con ciertos aspectos que van dirigidos a precautelar los derechos de los animales, con una disposición en su parte final, se estaría convirtiendo en una especie de autorización implícita, permitiendo a algunos grupos, que bajo el nombre de costumbre o tradiciones, estarían violando esta misma ley. Además que la elaboración de ésta Ley, debió tomar en cuenta como guía y referencia los tratados internacionales.
• Dar una alerta a todos los bolivianos para hacer conciencia de que los animales son seres vivos que sienten dolor sufren y la ley 700 no los protege del todo
• Respetar la vida de un ser vivo no maltratarlos ni sacrificarlos solo por creencias o por costumbres en ritos.
• Hacer que el país pueda crecer moralmente sin maltrato ni sacrificios , concientizando .
• Reconocer que las prácticas culturales son muy fuertes en nuestro país y debemos cambiar eso.
• Incentivar a través de la historia las costumbres, creencias y tradiciones de distintas culturas, reconociendo al mismo tiempo la importancia de los derechos de los animales.
• Cambiar los actos ejercidos en la medicina tradicional ritos ancestrales , que se rigen conforme los usos y costumbres